09 :: Setiembre :: 2010
D.G. de Ordenación Industrial y Política Energética Plan Renove de Equipos de Aire Acondicionado y Electrodomésticos
Plan Renove de Equipos de Aire Acondicionado y de Electrodomésticos en Extremadura. Campaña 2010. Procedimiento de Adquisición y Sustitución de equipos subvencionados

 

Los compradores que se encuentren interesados en la adquisición de equipos incluidos en el Plan Renove se dirigirán a cualquiera de los establecimientos beneficiarios de la ayuda, que se distinguirán por la exhibición del logotipo de adhesión. La adquisición del equipo subvencionable implicará la suscripción del Compromiso de Ahorro y Eficiencia Energética. El establecimiento adherido entregará una copia de este Compromiso al  comprador.

¿CÓMO Y CUÁNDO SE APLICA EL DESCUENTO?

El establecimiento adherido practicará en el momento de realizar la venta en el precio final del aparato,  el descuento correspondiente a la subvención que corresponda a cada equipo.

El importe del descuento aplicable a cada venta será  calculado  automáticamente por la aplicación de gestión cuando se especifique al sistema informático el equipo adquirido.

Se entenderá por precio final, el precio de venta más el IVA, incluyendo el coste de montaje y desmontaje del equipo sustituido cuando se trate de aparatos de aire acondicionado.

El comprador deberá entregar al establecimiento  para la práctica del descuento, fotocopia de su DNI.

INSTRUCCIÓN, JUSTIFICACIÓN Y PAGO DE LA SUBVENCIÓN

Los establecimientos adheridos iniciarán el procedimiento presentando el  modelo de solicitud de liquidación establecido en el Anexo III del Decreto 81/2010, al que deberán adjuntar la.siguiente documentación justificativa:

  • Certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias con la Seguridad Social, con la Hacienda Estatal y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma en caso de no haber autorizado a la Dirección General de Ordenación Industrial y Planificación Energética, para que recabe los mismos en la solicitud de adhesión  de establecimiento al Plan Renove.
  • Relación certificada y numerada de todas las ventas realizadas indicando el nombre y NIF/CIF del comprador .
  • Documentación específica de cada venta que constará de:
    • Compromiso de ahorro y eficiencia energética, debidamente cumplimentado y firmado.
    • Fotocopia del DNI del comprador.
    • Factura de compra, con importes convenientemente desglosados, precio del equipo, de montaje y desmontaje, cuando proceda, e IVA, debiendo constar expresamente y de forma diferenciada el descuento realizado sobre el precio final, además de los datos del comprador y del comercio y la fecha de compra.
    • Etiqueta o documentación técnica que acredite la clasificación energética del equipo.
    • Declaración jurada de retirada del equipo de acuerdo con Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos, según modelo recogido en el Anexo V
      • El Certificado justificativo de retirada del equipo para su reciclado extendido por el Gestor autorizado se presentará en el plazo máximo de dos meses desde la presentación de la justificación..
    • Cuando se trate de ventas de equipos de aire acondicionado se deberá adjuntar, además:
      • Para  potencia frigorífica nominal igual o superior a 5 kW: Copia del documento justificativo de la legalización de la instalación de climatización de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios, en la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética, indicando la marca, modelo y tipo del equipo, tanto de la unidad exterior como unidades interiores, en su caso.
      • Para potencia frigorífica nominal inferior a 5 kW: Documento aportado por la empresa instaladora autorizada que ha ejecutado el montaje que recoja las características indicadas del equipo instalado según modelo que figura en el Anexo VI.

El establecimiento adherido podrá presentar el número de solicitudes de liquidación que estime oportunas durante toda la vigencia de la convocatoria

El procedimiento será resuelto y notificado por el titular de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud. La falta de notificación de la resolución expresa legitima al interesado para entenderla desestimada por silencio administrativo

Para la gestión de las reservas de subvención de electrodomésticos y de equipos de aire acondicionado vendidos se utilizará una aplicación informática, que estará a disposición de los establecimientos adheridos a través de Internet. Mediante la misma se consultará por el establecimiento en el momento de efectuar una venta la existencia de crédito disponible, y en caso afirmativo se podrá anotar y reservar el descuento correspondiente a la venta específica.

La reserva de crédito, realizada vía Internet, estará condicionada a la presentación en el plazo máximo de un mes, de la justificación relativa a la ayuda.

 EQUIPO SUSTITUIDO

Deberá ser retirado para su reciclado conforme al procedimiento establecido en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos. 

 

Modelo de Declaración de Retirada de Equipo Sustituido
Certificado de Ejecución de Instalación Térmica en Edificios
Listado de Gestores Autorizados para la recogida de Electrodomésticos