04 :: Setiembre :: 2010
D.G. de Ordenación Industrial y Política Energética Plan 2000 E
Ayudas a los vehículos. Otras iniciativas estatales

 

Plan Moto-E de ayudas directas a la compra de ciclomotores y motocicletas.

  • Los ciclomotores (hasta 50 c.c de cilindrada.) recibirán 225 euros, 75 euros aportados por el Gobierno y el resto por el fabricante/importador. Las motos de hasta 250 c.c. 525 euros, 175 euros del Ejecutivo y el resto del fabricante/importador, mientras que las motocicletas con una cilindrada superior a los 250 c.c. recibirán 750 euros, 250 euros del Ejecutivo el resto del fabricante/importador.
  • El Plan Moto-E tiene una dotación presupuestaria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de 9 millones de euros y se aplicará a las compras de vehículos de dos ruedas que se realicen desde la entrada en vigor del Real Decreto que regula el Plan hasta el 31 de diciembre de 2010 o hasta el agotamiento de sus fondos si se produce antes de esta última fecha.
  • La gestión de las ayudas se realizará mediante una entidad colaboradora. La solicitud de las mismas se hará a través de los agentes de ventas, que adelantarán las deducciones de las ayudas públicas y después serán liquidadas por la entidad colaboradora, previa presentación de la documentación justificativa.
  • Condiciones: Se establece un límite en el precio de 9.500 euros y será necesario achatarrar una motocicleta que tendrá como mínimo 5 años de antigüedad. Quedan excluidas las motocicletas de más de 100 CV

MOVELE. Proyecto Piloto de MOVilidad ELEctrica

  • Podrán ser objeto de ayuda los vehículos nuevos de las siguientes categorías: motocicletas, cuadriciclos pesados, turismos o comerciales de menos de 6.500 kg de MMA (masa máxima autorizada) y microbuses, y que, a su vez, dispongan de las siguientes tecnologías:

    Vehículos eléctricos (BEV): Los alimentados exclusivamente a partir de baterías recargables de la red general eléctrica.

    Vehículos híbridos enchufables (PHEV): Aquéllos que, entre sus distintos modos de funcionamiento, disponen también de capacidad de tracción únicamente eléctrica, con una capacidad de acumulación de energía en las baterías mediante alimentación de la red general eléctrica, tal que la autonomía en el modo sólo eléctrico sea superior a los 32 km.

    Vehículos eléctricos de autonomía ampliada (REEV): Aquéllos que disponen de capacidad de tracción únicamente eléctrica y que, con independencia de la posibilidad de recarga de sus baterías mediante diferentes fuentes, cuando lo sean únicamente a partir de la red general de energía eléctrica, a plena carga, su autonomía sea superior a los 32 km.
  • Los vehículos susceptibles de ser apoyados en el marco del presente Programa deberán figurar en un catálogo de vehículos (Catálogo MOVELE) que, a tal efecto, se mantendrá actualizado y publicado en la página web de IDAE.
  • El importe de la ayuda unitaria por vehículo será la contemplada en el Catálogo MOVELE. Dicho importe vendrá determinado por un porcentaje del precio del vehículo con un límite absoluto según categorías. Este porcentaje será del 15% o del 20% del precio del vehículo (antes de impuestos), dependiendo de que los datos técnicos del mismo se sitúen por debajo o por encima, respectivamente, de la curva de eficiencia energética media definida para el Programa, y cuyo detalle podrá ser consultado en dicho Catálogo MOVELE, en la página web del IDAE.

 

Real Decreto 821/2010, de 25 de junio, por el que se prorroga el Plan MOTO-E de apoyo a la renovación del parque de vehículos de dos ruedas y a tal efecto se modifica el Real Decreto 1081/2009, de 3 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de ciclomotores y motocicletas, Plan MOTO-E de apoyo a la renovación del parque de vehículos de dos ruedas